Desgravaciones fiscales para la rehabilitación de viviendas y edificios residenciales.

Desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales.

Son deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) destinadas a incentivar la realización de obras que mejoren la eficiencia energética del parque edificado.

Estas deducciones se aplican a actuaciones que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración, disminuyan el consumo de energía primaria no renovable o mejoren la calificación energética del edificio, siempre que dichas mejoras queden acreditadas mediante los correspondientes certificados de eficiencia energética.

Con esta medida se pretende fomentar la rehabilitación sostenible, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y contribuir a la transición energética y al cumplimiento de los objetivos climáticos establecidos por la Unión Europea.

Información de la ayuda

Entidad emisora:

Ministerio de Hacienda a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Fecha de publicación:

6 de octubre de 2021.

Plazo de solicitud:

Se podrán deducir las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2026 (en viviendas habituales o arrendadas) o hasta el 31 de diciembre de 2027 (en edificios de uso residencial)

Beneficiarios:

  • Personas físicas contribuyentes del IRPF que sean propietarias de viviendas ubicadas en edificios de uso predominantemente residencial y que realicen obras de rehabilitación que cumplan con los requisitos. Pueden ser beneficiarios los propietarios de la vivienda habitual, segundas residencias o de viviendas destinadas al alquiler, siempre que no estén afectas a una actividad económica. También son beneficiarios los propietarios que participen en actuaciones sobre elementos comunes de comunidades de propietarios.